| Condenan a farmacia por negarse a vender píldora del día después |
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| domingo, 16 de enero de 2011 | |
Comerciante de La Florida presentó la denuncia, luego de que en dos ocasiones le negaran el fármaco en un local.
Con la orden médica en su poder, la mujer fue a adquirir la pastilla en la sucursal de farmacias Cruz Verde, de San Diego 699, en Santiago. Sin embargo, el encargado del local le negó el fármaco, señalándole que se trataba de una receta mal extendida. Molesta, regresó al consultorio, donde tras reclamar, le timbraron la receta, pero al volver a la farmacia, una vez más, la respuesta fue negativa: la receta seguía estando incompleta. Por segunda ocasión, regresó al consultorio, y ahí los profesionales le explicaron que la orden médica no tenía problemas y que todo se debía a que la mencionada farmacia no vendía el producto, pese a estar en stock y a un valor de $ 4.900. Para evitar mayores problemas y pensando en el bienestar de su hija, la mujer optó por adquirir la píldora en otra farmacia. Meses después denunció el caso ante el Segundo Juzgado de Policía Local de Santiago, apelando a una vulneración de los derechos del consumidor. El argumento fue acogido por el juez Manuel Navarrete, quien, junto con multar a la farmacia con el pago de 10 UTM ($ 376.000), indicó, esta semana, en su fallo que "este tribunal estima que el daño moral no debe reducirse a la indemnización del dolor que sí existió". En el fallo, el juez indica que se consultó al Servicio Metropolitano Central, quien informó que existe un reglamento del Ministerio de Salud, de junio de 2004, que "dispuso que los profesionales de la salud, médicos o matronas pueden prescribir la píldora". Además, recalcó que "no es el dolor o el sufrimiento el que obliga a resarcir, por lo que al no venderse (deber) por la farmacia el Post Day a la demandante (quien tenía el derecho a exigir), la primera altera la regla de convivencia, causando daño a la demandante, el que debe ser reparado". El abogado de la mujer, Alfredo Morgado, dijo que la resolución "es una señal para las empresas de que la negación o dilación en suministrar un producto es sancionado severamente". La farmacia tiene 10 días para apelar a la resolución.
Fuente: La Tercera.com
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